domingo, 9 de agosto de 2015

Verdades sobre la radiotelevisión pública de Murcia


La entrevista a la consejera Noelia Arroyo, publicada en el diario La Verdad de este domingo 9 de agosto, contiene referencias a nuestra empresa que resultan preocupantes por lo inexacto de sus declaraciones. Son referencias breves acerca del nombramiento del director general de RTRM, y en las que da por exitoso el modelo de gestión que hace apenas tres meses puso en marcha la nueva 7 TV. Sobre su gestión, totalmente privada, habrá tiempo de analizar y opinar. Nada dice la consejera de Onda Regional de Murcia, la radio pública, ni de su desmantelada programación desde que se decidió un ERE hace dos años, ni tampoco de la sentencia del Tribunal Supremo que declara ilegales esos despidos.
Escribimos este artículo con la intención de aclarar conceptos.
Mezcla la consejera distintas iniciativas de los grupos de oposición en la Asamblea Regional que, por ahora, son tres:
1. Modificación de la ley electoral. Es la única que ya ha sido aprobada, y en ella se ha incluido la obligación de realizar debates en los medios públicos en las campañas políticas.
2. Modificación de la Ley de Transparencia. En una propuesta presentada por el grupo socialista, se apunta la necesidad de cambiar la ley de creación de RTRM, como mínimo, en cuatro aspectos: la composición del Consejo de Administración (plural y proporcionada); la elección del director general (por mayoría en la Asamblea Regional); la prohibición de privatizar o externalizar los servicios informativos; la creación de un Consejo de Redacción con competencias sobre los contenidos.
3. Reforma de la ley de RTRM en el único aspecto de la elección del director general. Presentada por el grupo socialista.

Sobre la elección de un nuevo director
La situación actual todavía nos remite a ley de creación de RTRM, aprobada en diciembre de 2004, donde se establece que el director general será nombrado por el Consejo de Gobierno, previa consulta al Consejo de Administración. Si bien el Consejo de Administración debe dar su parecer, se trata de una posición simbólica que, si tiene signo negativo, no afecta en nada a la decisión del gobierno regional. Establece la ley que su mandato durará una legislatura y permanecerá en funciones hasta la designación de su sucesor.
Por tanto, el cese publicado por el Boletín Oficial de la Región no fue mero trámite, como dice la consejera, sino un error, como publica ese organismo (véase BORM)



Las elecciones de mayo apenas han dejado un mes para los trabajos parlamentarios, por lo que esperamos que septiembre reanude con ganas la actividad para el debate de iniciativas como las que hemos mencionado y otras, específicamente referidas a la reincorporación de los compañeros injustamente despedidos en el ERE, en las que el comité de empresa de RTRM y la sección sindical de CCOO andan empeñados con insistencia.

martes, 4 de agosto de 2015

Debates en campaña por imperativo legal (estamos en Murcia)

La modificación de la Ley Electoral de la Región de Murcia incluye, en sus apenas seis páginas, cambios significativos más allá de la organización del voto. Se ocupa también de que haya debates durante las campañas electorales, con lo que gestiona los contenidos periodísticos de los medios de comunicación públicos audiovisuales, a saber: la delegación territorial de la corporación RTVE y Radiotelevisión Región de Murcia (radio y televisión, en ambos casos).

Los cambios en el artículo 26 de la ley suponen, por un lado, la distribución de espacios de propaganda gratuita, teniendo en cuenta la representación obtenida o no en las anteriores elecciones con esa marca mínima y nueva del tres por ciento. Pero además, y aquí está lo netamente periodístico, se establece la obligación de celebrar al menos un debate entre quienes encabecen todas las listas presentadas que ya tuvieran representación parlamentaria, y se podrán celebrar debates entre todas las candidaturas proclamadas. Todos estos debates se regirán por los principios de igualdad de oportunidades y equidad.
Artículo de Ana Reviejo, miembro de la sección sindical CCOO-RTRM

Es decir, existe el mínimo insoslayable de un debate con los partidos que dispongan de escaños, y la posibilidad -el permiso que otorga la ley- de otros debates con más partidos, aunque no estén aún en el Parlamento. Ahora bien, ¿cómo organizar el contenido y distribución de turnos en esos debates?. La ley dicta que se ocupe de ello la Junta Electoral Regional.

Es evidente que, hasta ahora, en los medios audiovisuales públicos de Murcia no ha existido una orientación profesional independiente a la hora de organizar la información sobre las campañas electorales. No se tiene en cuenta qué es noticioso o relevante informativamente para los ciudadanos, sino que se organiza a priori un tipo de programas (entrevistas, boletines) cuya duración proporcional tiene que ver con el número de diputados. Para diferenciarlos de los meros anuncios publicitarios, digamos que se establece una serie de “publirreportajes”, aunque no se denominen así.
Si hubiera habido, en los años democráticos, orientaciones profesionales, no habría existido esa discusión permanente sobre los debates y su necesidad o no. Al contrario, habría debates, y de todo tipo, con normalidad. Resulta ahora bien llamativo que tengan que meterse a periodistas jueces y politicos, pues a tenor de la nueva ley electoral tenemos que:
  • El poder legislativo, en esa ley, marca unos determinados contenidos (los debates)
  • El poder judicial, según indica la misma norma, pondrá límites y distribuirá los tiempos de tales contenidos.

He aquí una muestra de la evolución errada de los medios de comunicación públicos ligados a las instituciones y gestionados como si fueran sus portavoces, cuando esa labor ya la llevan a cabo, con abundancia y eficacia, los gabinetes de prensa. Los que tanto se fijan en los niveles de audiencia para criticar la falta de apego ciudadano a esos medios, deberían reflexionar sobre la ausencia de criterio profesional y gestión deformada que se hace de las radios y televisiones públicas. No interesan porque realmente no informan ni facilitan canales que amplíen la visión crítica de la sociedad que construimos.
Que haga falta una ley para que sea obligatorio ofrecer puntos de vista contrastados en campaña electoral significa entre otras cosas, para los medios, un fracaso profesional; para los ciudadanos, ausencia de influencia en quienes legítimamente deben servir para hacer efectivo el derecho a la información; para los políticos, un pluriempleo al que se están mal acostumbrando.