martes, 12 de julio de 2011

Sobre la Asamblea del 7 de Julio

Leído el Comunicado del Comité de Empresa sobre la Asamblea del día 7 de julio, esta Sección Sindical deduce de su contenido que se está intentando invalidar la decisión tomada por la Asamblea de Trabajadores. Por ello, AFIRMAMOS QUE:

 


  1. El compromiso expresado por la Presidenta del Comité de Empresa de Onda Regional de Murcia no responde en modo alguno al mandato aprobado por la Asamblea de trabajadores, que bajo ningún concepto consistía en el establecimiento de varios plazos y el inicio de nuevas consultas para sacar adelante el preacuerdo de 2010.


  1. La Asamblea del día 7 de julio, por mayoría absoluta (13 votos a favor, 2 en contra y 4 abstenciones) aprobó:

Conceder un único plazo a la Empresa (plazo que concluirá el 20 de julio de 2011) para que ésta decida entre dos posibilidades: firmar el preacuerdo de 2010 (en su integridad y en los términos en que fue respaldado en su momento por los trabajadores); o bien, firmar de nuevo el texto del convenio vigente, actualizando sus tablas salariales, y dándole vigencia desde 1 de enero de 2011 a 31 de diciembre de 2014.
En caso de no obtener respuesta por parte de la parte empresarial, o de que ésta fuera negativa, la Asamblea encargó al Comité de Empresa la apertura de un Conflicto Colectivo para exigir la aplicación del convenio vigente (2002) toda vez que los acuerdos relativos a la actualización de los salarios (IPC previsto más un punto y medio) se han incumplido reiteradamente.


  1. La aportación que un compañero introdujo sobre la propuesta presentada por esta Sección Sindical, se refería a la existencia de las dos posibilidades arriba mencionadas, toda vez que la resolución original sólo contemplaba la opción de actualizar el Convenio vigente, al entender que –transcurrido más de año y medio- la Empresa descartaba definitivamente rubricar el preacuerdo de 2010. Desde luego, esa aportación –aceptada por los proponentes- no significaba en ningún caso abrir plazos distintos para ambas opciones.
La necesidad de resolver con urgencia la actual situación, para evitar ambigüedades y riesgos potenciales, estaba en el origen mismo de la iniciativa de esta Sección Sindical, y constituía el argumento principal de justificación de la propuesta aprobada por la Asamblea. Dilatar la resolución equivale a falsear el sentido de la decisión adoptada por los trabajadores de Onda Regional de Murcia.

  1. Esta Sección Sindical de CCOO ha actuado siempre de buena fe, pronunciándose reiteradamente –en público y en privado- a favor de la unidad de acción con el Comité de Empresa. Seguimos creyendo que ésa es la estrategia más acertada. Pero no podemos aceptar que se retuerza la letra y el espíritu de una resolución aprobada por la Asamblea de Trabajadores. No entendemos la actitud del Comité en esta cuestión concreta, máxime cuando algunos de sus miembros respaldaron públicamente la iniciativa de esta Sección Sindical.
Y más allá del factor emocional, no entendemos el interés por sacar adelante el preacuerdo de 2010, cuando la Empresa ya ha comunicado su intención de no respetar la parte económica del pacto, y cuando la propia Presidenta del Comité reconoció ante la Asamblea que parte de su articulado es claramente mejorable.


  1. Recordamos a la presidenta del Comité de Empresa que su compromiso no es, como ha expresado, "hacer llegar a la dirección el día 15 de julio la propuesta de la Sección Sindical y darle como plazo para responder hasta el 20 de julio de 2011", sino cumplir con el mandato aprobado por la Asamblea de Trabajadores.



- SECCIÓN SINDICAL DE CCOO – ORM

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